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Propuesta para la instalación de fibra óptica en residencias El Alcázar.

 

 
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Procedimiento para la aprobación o rechazo de la instalación del servicio de Fibra óptica para el conjunto residencial El Alcázar.

Artículo 9°. Las mejoras de las cosas comunes sólo podrán efectuarse con el acuerdo del setenta y cinco por ciento (75 %) de los propietarios, tales mejoras podrán ser sometidas por la autoridad judicial a solicitud de uno (1) u más propietarios por los motivos siguientes:

  1. Cuando fuesen contrarias a la Ley o al documento de condominio;

  2. Cuando fueren perjudiciales a la seguridad, solidez o condiciones ambientales del inmueble;

  3. Cuando su costo no esté debidamente justificado;

  4. Cuando modifiquen sustancialmente el aspecto arquitectónico exterior del edificio;

  5. Cuando lesionen cualesquiera de los derechos de uno o más propietarios. Las reclamaciones serán formuladas ante los Tribunales competentes, siguiéndose el procedimiento correspondiente al interdicto de obra nueva.

Atentamente,

 

En representación de un grupo de 22 copropietarios ya interesados en dicha instalación:

ELIMAR UGUETO – Copropietaria (Torre B 11-4)

 

elimarugueto@hotmail.com

+12063835930

 

Grupo de WhatsApp de copropietarios interesados:

https://chat.whatsapp.com/CQnHqOFLWitGe6MlM6KCfV

Representante de Cable Norte para cualquier pregunta directa o duda:

Brandon Calderón

Whatsapp +58 424 7341008

CONTACTO
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